viernes, 23 de enero de 2026 | 1:17 PM

DIARIO PRIMICIA | PERU

Empresa Periodística Ribo Sac

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA – MIÉRCOLES 21/ENE/2026

B5089 P21/01

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ORCOTUNA

EDICTO DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN

REGISTRO DE ESTADO CIVIL

Ante la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Orcotuna, se ha presentado Don: FREDY ÁNGEL CUEVA GUTIERREZ, identificado Con DNI N.° 09653794, mediante el Expediente N.º 285-2026 de fecha 19 de enero del 2026, solicita RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ACTA DE defunción de mis padre que está en el libro N° 64 a folio 39 Acta de Defunción con código de barra N° 01143039 que tiene como titular a Don: TEODORO CUEVA HUAYNALAYA de fecha de Defunción 11 de Abril 2008, inscrita en la Orec de Orcotuna, en lo que respecta en la parte del cuerpo donde dice Apellidos y pre nombres de la cónyuge se omitió el segundo prenombre «LEOTIL» DICE: GUTIERREZ LOPEZ ANGELICA debe decir en ADELANTE: GUTIERREZ LOPEZ ANGELICA LEOTIL y no como figura en el acta. Se efectúa la presente publicación de conformidad con el Art. 73° del D.S. 015-98-PCM, concordante con la DI-008-DRC/001 que aprueba la Resolución Secretarial N° 000141-2022/SGEN/RENIEC. Quienes de consideren afectados podrán presentar oposición dentro de los 15 días siguientes es a la fecha de la presente publicación conforme al artículo N° 74 del D.S. N° 015-98-PCM. que aprueba la Resolución Secretarial N° 49-2017/SEGEN/RENIEC.

Orcotuna, 16 de enero del 2026.


OP941 P21/01

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUÁCHAC

OFICINA DE REGISTRO CIVIL

AVISO DE RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA EN ACTA DE NACIMIENTO

Ante la Oficina de Registro Civil afiliada a la Municipalidad Distrital de Huáchac, la ciudadana identificado IRMA  MARIA CASTRO ZARATE  , con  DNI Nº 19934417, mediante el expediente Nº 0122-2026 de fecha 20 de enero  del 2026, donde  ha solicitado la Rectificación de su  Acta de nacimiento de su hermano Nº 1003579368 con fecha 11 de mayo  1951, que está en el libro Nº 09 -35516 escrita en la OREC de Huáchac, del titular : JOSE ESPIRITU CASTRO ZARATE se ha  detectado una omisión en el nombre de la madre en el  cuerpo de la Acta de Nacimiento de la titular  dice : ESTHER ZARATE ROJAS , debiendo ser real y correcto  en adelante MARIA ESTHER ZARATE ROJAS. Se efectuara la presente publicación de conformidad con el ART.73º del D.S 015-98-PCM, concordancia  con la DI-008-DRC/001 que aprueba la Resolución Secretarial Nº 000141-2022/SGEN/RENIE. Quienes de consideren afectados podrán presentar oposición dentro de los 15 días siguientes es a la fecha  de la presente publicación  conforme al artículo Nº 74 del D.S Nº015-98-PCM.

Huáchac 20 de enero del 2026


B5092 P21/01

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAULI LA OROYA

PROVINCIA YAULI-DEPARTAMENTO DE JUNIN

EDICTO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA

Ante la Oficina Registral del Estado Civil que funciona en La Municipalidad Provincial de Yauli – La Oroya, se ha presentado el ciudadano MARCO ANTONIO ESPINOZA SOVERO, con DNI N°21261982, en representación de su Sr. padre RAUL ALBERTO ESPINOZA GUERRA, generando el expediente N°00519-2026, de fecha 15 de enero 2026, solicitando la Rectificación Administrativa del acta de nacimiento N°1022339718; inscrito el 18 de junio de 1948, en dicha acta se ha evidenciado que no se ha consignado erróneamente en el cuerpo principal el apellido paterno y el apellido materno del titular dice: RAUL ALBERTO, debiendo ser lo correcto “RAUL ALBERTO ESPINOZA GUERRA»; asimismo, en el rubro de la anotación marginal se ha consignado erróneamente la letra “Y» entre el apellido paterno y el apellido materno del titular dice: RAUL ALBERTO ESPINOZA Y GUERRA, debiendo ser lo correcto “RAUL ALBERTO ESPINOZA GUERRA» conforme al acta de nacimiento del titular, expedido por la Municipalidad Provincial de Yauli la Oroya, Departamento de Junín. Las personas que se consideran afectadas por la presente Rectificación Administrativa, podrán presentar su oposición dentro del plazo de (15) quince días hábiles siguientes a la fecha de la presente publicación. Esta Comunicación que se realiza en atención a lo dispuesto en el Art. No 73 del Decreto Supremo N°015-98-PCM, concordante con la DI-415-GRC/32 que aprueba la Resolución Secretarial N°49- 2O17/SEGEN/RENIEC.

La Oroya, 20 de enero 2026