MINEDU: REDEFINE EL BULLYING ESCOLAR

- Reportes de presuntos hechos de violencia escolar deberán evaluarse con nuevos criterios
PRIMICIA. – El Ministerio de Educación (MINEDU) actualizó los criterios para identificar cuándo un estudiante incurre en bullying o acoso escolar. A raíz de estas nuevas directrices, se estableció que un niño de 9 o 10 años no puede ser considerado agresor. En esta nota te lo explicamos.
Con los criterios anteriores, era común que, cuando un padre o madre escuchaba que su hijo de 9 años estaba siendo molestado por un compañero de la misma edad, se catalogara de inmediato como un caso de bullying o acoso escolar. Esta interpretación no solo se daba entre las familias, sino también entre las propias autoridades de la institución educativa.
Esto ha cambiado. A partir de este año se establecieron dos conceptos importantes en el tratamiento de la convivencia escolar: conflicto y violencia.
La Agencia Andina conversó con el coordinador de Bienestar y Tutoría de Innova Schools, Víctor Vásquez, quién explicó que para que exista un caso de violencia escolar, la agresión -sea física o psicológica- debe tener el propósito de hacer daño. «En base a esta definición, nace una primera característica que es intencionalidad, luego una segunda, que es la relación de poder», afirmó.
Para que un caso de violencia escolar se catalogue como bullying, agrega el experto, deben coexistir: un agresor, una persona agredida y los espectadores. Los últimos cumplen un rol decisivo porque «refuerzan, naturalizan y validan la agresión».
Desde la nueva perspectiva de interpretación del bullying, las agresiones hacia el compañero de clases deben ser consecutivas, prolongadas y repetitivas en el tiempo.

