RECTIFICACIÓN DE PARTIDA – SÁBADO 12/JUL/2025
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R 1101 P12/07
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAULI LA OROYA
PROVINCIA YAULI-DEPARTAMENTO DE JUNIN
EDICTO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA
Ante la Oficina Registral del Estado Civil que funciona en La Municipalidad Provincial de Yauli -La Oroya, se ha presentado la ciudadana CELIA ORDOÑEZ NINALAYA, con DNI Nº 04028557, generando el expediente № 5949-2025, de fecha 08 de julio de 2025; solicita la Rectificación Administrativa del acta de nacimiento Nº1022357132; inscrita el 09 de setiembre de 1961, en dicha acta se ha evidenciado que se ha omitido erróneamente en el cuerpo principal, el apellido materno de la madre del titular, en la cual dice: CANDELARIA NINALAYA, debiendo ser lo correcto «CANDELARIA NINALAYA SIMÓN»; conforme al acta de nacimiento de la madre de la titular, expedido por la Municipalidad Distrital de Palcamayo, Provincial de Tarma – Junín. Las personas que se consideran afectadas por la presente Rectificación Administrativa, podrán presentar su oposición dentro del plazo de (15) quince días hábiles siguientes a la fecha de la presente publicación. Esta Comunicación que se realiza en atención a lo dispuesto en el Art. No 73 del Decreto Supremo №015-98-PCM, concordante con la DI-415-GRC/32 que aprueba la Resolución Secretarial Nº49-2017/SEGEN/RENIEC.
La Oroya, 10 de julio 2025

R 1101 P12/07
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAULI LA OROYA
PROVINCIA YAULI-DEPARTAMENTO DE JUNIN
EDICTO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA
Ante la Oficina Registral del Estado Civil que funciona en La Municipalidad Provincial de Yauli -La Oroya, se ha presentado el ciudadano DAVID JACINTO ORDOÑEZ NINALAYA, con DNI № 10598626, generando el expediente Nº 5950-2025, de fecha 08 de julio de 2025; solicita la Rectificación Administrativa del acta de nacimiento Nº1022362790; inscrita el 21 de setiembre de 1965, en dicha acta se ha evidenciado que se ha omitido erróneamente en el cuerpo principal, el apellido materno de la madre del titular, en la cual dice: CANDELARIA NINALAYA, debiendo ser lo correcto «CANDELARIA NINALAYA SIMÓN»; conforme al acta de nacimiento de la madre de la titular, expedido por la Municipalidad Distrital de Palcamayo, Provincial de Tarma – Junín. Las personas que se consideran afectadas por la presente Rectificación Administrativa, podrán presentar su oposición dentro del plazo de (15) quince días hábiles siguientes a la fecha de la presente publicación. Esta Comunicación que se realiza en atención a lo dispuesto en el Art. No 73 del Decreto Supremo №015-98-PCM, concordante con la DI-415-GRC/32 que aprueba la Resolución Secretarial Nº49-2017/SEGEN/RENIEC.
La Oroya, 10 de julio 2025

R 1104 P12/07
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAULI LA OROYA
PROVINCIA YAULI-DEPARTAMENTO DE JUNIN
EDICTO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA
Ante la Oficina Registral del Estado Civil que funciona en La Municipalidad Provincial de Yauli -La Oroya, se ha presentado el ciudadano HUGO RUBEN FLORES CARDENAS, con DNI N° 21270324, generando el expediente Nº 5985-2025, de fecha 09 de julio de 2025; en representación de sus padres, solicita la Rectificación Administrativa del acta de matrimonio Nº 1022399867; inscrita el 28 de junio de 1954, en dicha acta se ha evidenciado que se ha omitido erróneamente en el cuerpo principal, el apellido materno del contrayente titular, en la cual dice: JUAN DE MATA TRINITARIO FLORES, debiendo ser lo correcto «JUAN DE MATA TRINITARIO FLORES MAITA»; conforme al acta de matrimonio, expedido por la Municipalidad Provincial de Yauli La Oroya – Junín; asimismo, se ha omitido erróneamente el segundo prenombre y el apellido materno de la contrayente dice: MARÍA CÁRDENAS, debiendo ser lo correcto «MARIA LUZ CARDENAS HUAMÁN», y se ha omitido en la anotación marginal el segundo prenombre de la contrayente dice: MARÍA CÁRDENAS HUAMÁN, debiendo ser lo correcto «MARIA LUZ CARDENAS HUAMÁN»; conforme al acta de nacimiento de la contrayente expedido por la Municipalidad Distrital de San Jerónimo de Tunán, Provincia de Huancayo – Junín. Las personas que se consideran afectadas por la presente Rectificación Administrativa, podrán presentar su oposición dentro del plazo de (15) quince días hábiles siguientes a la fecha de la presente publicación. Esta Comunicación que se realiza en atención a lo dispuesto en el Art. No 73 del Decreto Supremo №015-98-PCM, concordante con la DI-415-GRC/32 que aprueba la Resolución Secretarial Nº49-2017/SEGEN/RENIEC.
La Oroya, 11 de julio 2025
